El Seguro Obligatorio de Automotores (SOA) es un seguro creado por la Ley Nº 18.412 que entra en vigencia el 19 de agosto de 2009, y es obligatorio para todos los vehículos automotores y remolcados (incluyendo motos, a excepción de las de menos de 70cc que hayan sido empadronadas con anterioridad al 19/08/09).
Las lesiones personales o muerte causada a un tercero en un accidente, por el vehículo asegurado.
Límites del seguro: Cuenta con una cobertura máxima de 150.000 UI (U$S 12.000) por vehículo asegurado y por accidente.
Dicho límite aumentará a 200.000 UI desde el 20/08/10 al 20/08/11 y a 250.000 UI desde el 21/08/11 en adelante.
Los que sufra el vehículo propio o el de terceras personas, ademas de otras exclusiones relacionadas con la figura del tercero.
Si te interesa contratar una cobertura más amplia que también ampare estos daños, en el BSE te ofrecemos otros planes que incluyen estos riesgos.
Si ya tiene un Seguro de Vehículos del BSE, ya cuenta con la cobertura del SOA, por lo cual solamente debe presentarse en su agencia del BSE o en los locales de ABITAB o Red Pagos de todo el país, con número de póliza de tu seguro vigente y la libreta de propiedad. Allí le entregarán el certificado de cobertura y un adhesivo para tu vehículo.
Si sus seguros están en compañías privadas usted recibirá la documentación por correo en su domicilio, sin más trámite.